El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) César Ochoa explicó los alcances de la decisión del colegiado que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Congreso contra la ley que establece modificaciones al consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Como primer punto, dijo que con la decisión del TC, los representantes de las universidades públicas y privadas podrán integrar el consejo directivo de la Sunedu, aunque se establece una modificación puntual.
El magistrado Ochoa explicó que, una vez que juren al cargo como miembros del consejo directivo, ya no serán representantes de ningún interés particular.
«Estamos estableciendo como interpretación constitucional que estos representantes [de universidades que sean] miembros del consejo directivo, una vez que juran a su cargo y asumen su cargo, ya no son representantes de ningún interés particular, tienen que actuar de manera independiente e imparcial», señaló Ochoa en RPP.
La decisión del Tribunal Constitucional va acorde a lo estipulado en la Constitución Política del Perú, que establece que la función pública es al servicio de la Nación y que se no puede ser representante de un interés privado, remarcó.
«[Esta sentencia es] algo similar a lo que establece la Constitución sobre el directorio del Banco Central de Reserva», precisó el magistrado. «No podemos presumir que una persona que es elegida por una universidad va a actuar de manera contraria a la ley«.
Refirió que, de acuerdo al artículo 39 de la Carta Magna y al Código de Etica de la Función Pública, si los funcionarios representaran intereses o esto se evidenciara de alguna forma, incurrirían en responsabilidad y conflicto de intereses ley.
Agregó que decidieron entrar al tema, porque existe un proceso de amparo sobre este asunto, basado en la jurisprudencia del TC y, al conocer esta situación, decidieron pronunciarse por la función pacificadora de la justicia constitucional.
Por otro lado, el miembro del TC señaló que, de haberse declarado como inconstitucional la ley del Congreso, no se podía volver por defecto a una norma anterior sino que se generaba un vacío normativo. «Para evitar el agujero negro, hemos ido a la fórmula del control constructivo».
Ochoa consideró también que por parte del Congreso, no ha habido una mala utilización de las funciones del Tribunal Constitucional al presentar una demanda de inconstitucionalidad contra su propia ley con la intención de perder, ya que el máximo intérpretete de la Constitución tomó cuenta del caso y optó por resolver la situación de forma constructiva.
Asimismo, descartó que haya habido fraude procesal ya que el abogado de la Sunedu no presentó argumentos al respecto.
«Hemos decidido pronunciarnos sobre la constitucionalidad de la ley más allá de la intención del Congreso […] Yo no diría que hay una mala utilización del Tribunal. El TC se da cuenta de lo que pasa y lo que hace es ejercer su función de control de la constitucionalidad de la ley», puntualizó.
Fuente: Agencia Andina