Pleno aprueba ley contra el acoso político a la mujer

0
625

Por mayoría, con 96 votos a favor, 1 en contra y 9 abstenciones, se aprobó el texto sustitutorio del dictamen del Proyecto de Ley que propone prevenir y sancionar el acoso político, modificando el Código Penal y la Ley Orgánica de Elecciones.

Tras un cuarto intermedio, las comisiones de Constitución, Justicia y Derechos Humanos y Mujer y Familia presentaron el texto modificado que establece, entre otros puntos, los mecanismos de atención, prevención y sanción del acoso político contra las mujeres, con el fin de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos y su participación en igualdad de condiciones, sin discriminación y libres de violencia en todos los espacios de la política nacional.

El congresista Luis Valdez (Alianza Para el Progreso), presidente de la Comisión de Constitución, sustentó el texto modificado, el cual señaló ha sido el resultado «de nuestro esfuerzo y el trabajo conjunto de tres comisiones para sacar una ley que, si bien es perfectible, no debería quedarse dos años más para esperar su aprobación».

Valdez Farías aseguró que con este proyecto se permite a las mujeres desenvolverse de forma libre y segura en el ejercicio de sus derechos políticos.

Como se recuerda, la propuesta plantea –entre otros puntos– modificar un artículo del Código Penal para incluir determinados delitos que afectan a las mujeres. Es decir, plantea que hacer apología de los delitos relacionados con las distintas formas de violencia contra las mujeres tenga una pena más alta a la actual.

El artículo 2 de la norma señala que el acoso político se considera a las acciones de violencia y amedrentamiento por cualquier medio ejecutado contra mujeres candidatas a cargos de elección popular desde su confirmación en las listas de elecciones internas o primarias de los partidos o alianzas políticas, autoridades elegidas por elección popular para cargos en el gobierno nacional, regional y local, funcionarias que por designación desempeñan cargos ejecutivos en el gobierno nacional, regional y local, autoridades de comunidades campesinas, amazónicas y afrodescendientes que ejercen cargos de elección popular y militantes de partidos o alianzas políticas.

Finalmente, el texto plantea dos disposiciones complementarias modificatorias para incorporar el literal i) en el artículo 9 de la ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas para que se establezca en los estatutos de las organizaciones políticas medidas para erradicar el acoso político desde sus militantes hacia las mujeres.

Asimismo, incorporar el artículo 394 a la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones para imponer multas no menos a una unidad impositiva tributaria (UIT) ni mayor de 50 UIT al ciudadano que de forma directa o través de terceros perturbe, intimide, obstaculice o evite el derecho de participación política de las afiliadas o militantes de una organización política.

El dictamen fue exonerado de segunda votación tras la aprobación por mayoría del Pleno del Congreso.