- Para transporte de pasajeros y mercancía
- La vigencia pasó de 3 años a 5 años para cinco categorías de brevete.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió el plazo de vigencia de la revalidación para las licencias de conducir de la Clase A Categorías II-a, II-b, III-a, III-b y III-c. Los brevetes de estas categorías, que permiten el transporte de pasajeros y mercancía liviana y pesada, ahora tendrán una revalidación máxima de cinco años y ya no de tres años.
Los conductores podrán acogerse a este beneficio siempre y cuando no hayan recibido una sanción. Para tales efectos, se entiende que la sanción debe haber quedado firme o se ha agotado la vía administrativa. “Con esto se otorga un beneficio a los conductores que han mantenido una buena conducta y no han cometido infracciones graves ni muy graves”, comentó Fernando Cerna, director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC.
Por el contrario, el plazo máximo será de tres años si el conductor ha sido sancionado por infracciones leves, siempre que haya cumplido con la sanción. En caso haya recibido una sanción por infracción grave o muy grave, la vigencia de la revalidación será de dos años.
Los vehículos comprendidos en esta modificación hecha son los siguientes: automóviles; camionetas y pick-ups; furgón baranda sin techo; microbuses o minibuses; omnibuses urbanos; omnibuses interurbanos, interprovinciales y cargobuses; chasises cabinados y de plataforma; remolques y grúas; volquetes; trailers.
La ampliación del plazo de revalidación es acorde a la política del sector Transporte por incentivar las buenas prácticas en la conducción. Forma parte de las modificaciones recientes hechas por el MTC al Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.