Ley del Congreso garantiza atención gratuita para pacientes con cáncer

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La prevención y la atención gratuita contra el cáncer son dos grandes retos que el Estado debe atender para solucionar la difícil situación que enfrenta cada persona con esta enfermedad, segunda causa de muerte a nivel mundial, según la Organización Mundial de la Salud. Por ello, La Ley 31870 y la Ley 31883 representan un trabajo articulado y consensuado para combatir el cáncer
El cáncer es considerado uno de los principales problemas de la salud pública. Una de las dificultades más frecuentes que tienen las personas que padecen de esta enfermedad es el elevado costo del tratamiento.

Por eso, el Parlamento dio un paso importante para solucionar esta problemática, y aprobó la Ley 31870, publicada el 12 de setiembre en el Diario Oficial El Peruano.

El principal aporte de esta norma es garantizar la atención y la cobertura universal y gratuita de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos.

El Ministerio de Salud reportó que, entre enero y diciembre del 2022, se registraron 10,686 casos nuevos de cáncer en 62 hospitales. El cáncer al cuello uterino y el cáncer de mama son los casos que predominan en el país, seguidos del cáncer de estómago, el colorrectal y de próstata.

Siete de cada 10 personas son diagnosticadas con cáncer tardíamente, factor que aumenta las tasas de mortalidad. Estas neoplasias están asociadas principalmente al consumo de tabaco, alcohol, grasas, al virus del papiloma humano (VPH), la bacteria Helicobacter pylori, entre otros.

Ante este panorama, resulta importante fortalecer el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), a fin de asegurar la atención integrada y gratuita para la población que no cuente con los recursos para el tratamiento de esta enfermedad.

A través de la modificación de la Ley Nacional del Cáncer, desde ahora la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer será conducida por el INEN y ejecutada a través de la Red Oncológica Nacional, en coordinación con otros sectores involucrados y los diferentes niveles de gobierno.

Se podrá evitar el desabastecimiento de la farmacia del INEN, porque esta institución realizará su propia adquisición de recursos estratégicos para la prevención y control del cáncer.

Esta medida también autoriza que el INEN realice la renovación tecnológica de su equipamiento biomédico y la ampliación y mejoramiento de su infraestructura hospitalaria oncológica.

Desafío para la prevención contra el cáncer

Detectar el cáncer de manera oportuna resulta fundamental para controlar a tiempo el avance de esta enfermedad. Conociendo la magnitud de esta problemática y el aumento de casos a nivel nacional y mundial, el Congreso impulsó una medida para fortalecer la prevención en el país.

El 30 de setiembre de este año, se promulgó la Ley 31883 que promueve la vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH) en la niñez y adolescencia. Esta importante norma fue impulsada desde el Parlamento Nacional.

Esta ley dicta una serie de medidas para controlar el aumento de los casos de esta enfermedad.

A nivel mundial, el cáncer de cuello uterino es la cuarta causa de muertes de mujeres. Solo en Perú, según datos del Ministerio de Salud, el VPH causa 4200 nuevos casos, de los cuales el 50 % fallece por esta enfermedad.

Una de las acciones que dispone la ley es el desarrollo de campañas masivas y periódicas de vacunación a nivel nacional, incidiendo en zonas rurales y en aquellas con mayor incidencia de cáncer provocado por VPH.

También dispone la difusión y promoción de los beneficios en la salud de la vacunación contra dicho virus, entre otras.

Además, el Ministerio de Salud, en su condición de ente rector del sector salud y autoridad nacional del sector, emite las disposiciones correspondientes para ampliar el Plan Nacional de Vacunación contra el virus del papiloma humano.

Se considera entre sus beneficiarios a las niñas, niños y adolescentes de 9 a 18 años de edad. El límite de edad de los grupos etarios será revisado y, de ser necesario, ampliado anualmente, de acuerdo a la evaluación que formule el Minsa con el objetivo de expandir los beneficios de la inmunización y procurar el cierre progresivo de brechas.