Víctor Hugo Soto Mija pidió disculpas por haber degollado a Rosa Peralta
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Callao, dispuso la prisión preventiva por nueve meses contra Víctor Hugo Soto Mija, quien degolló a su pareja Rosa Peralta Torres el pasado lunes cerca al aeropuerto Jorge Chávez, en el Callao.
De esta manera, el Poder Judicial adoptó el pedido de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, que solicitó este tiempo de prisión a través del fiscal José Carlos Comina de la Cruz.
Según el juez David Milla Cotos, el procesado está comprendido como presunto autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – feminicidio, en agravio de Rosa Peralta Torres.
“En consecuencia, se dispone la medida coercitiva de prisión preventiva, se fija como plazo de duración de la medida impuesta de nueve meses, la que se computará desde su notificación de detención judicial realizada el 3 de setiembre de 2018”, indicó.
En tal sentido, dispuso oficiar la decisión a las autoridades correspondientes con la finalidad de disponer su ingreso al establecimiento penal correspondiente.
Tras la decisión tomada por el Poder Judicial, la fiscalía se mostró conforme con la medida, mientras que la defensa técnica de Soto Mija, anunció la presentación de un recurso de apelación.
Los hechos
La noche del lunes pasado, el demandado siguió a la víctima hasta el paradero Aduanas de la cuadra 31 de la avenida Elmer Faucett, donde según testigos, discutieron y éste le introdujo una navaja en el cuello.
Según la necropsia se produjeron lesiones y cortes profundos en el cuello que le produjo hemorragia masiva que le ocasionó la muerte.
El fiscal presentó también una pericia psicológica que reveló que Víctor Soto Mija se encuentra en uso de sus facultades mentales, no presenta trastorno mental, tiene tendencia a celos, es dependiente sentimental, impulsivo y violento.
Sin embargo, la defensa pública solicitó que no se considere delito de feminicidio sino homicidio simple, argumentando que no existen elementos de convicción ni se ha verificado el acoso mediante llamadas o mensajes de texto.
No obstante, el magistrado Milla Cotos al analizar los presupuestos determinó nueve meses de prisión preventiva para asegurar la permanencia del imputado en el desarrollo de las otras etapas del proceso, ya que no presentó pruebas fehacientes de tener arraigo domiciliario, laboral ni familiar, porque vivía solo.
(Fuente: Andina)