Mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-SA también se crea la Comisión Multisectorial encargada de su implementación, monitoreo y fiscalización.
El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Política Nacional de Hospitales Seguros frente a los Desastres, que contiene el Plan de Acción 2017 – 2021, que será de aplicación obligatoria en los establecimientos de salud de los organismos públicos adscritos al Ministerio de Salud, los establecimientos de salud de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, del Seguro Social de Salud (ESSALUD), la Sanidad de la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior y las Sanidades de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa y establecimientos de salud privados. El documento fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-SA publicado hoy en El Peruano.
Según la norma el Plan de Acción 2017-2021 es el principal instrumento orientador de la gestión de riesgo de desastre, en los establecimientos de salud, para garantizar su funcionamiento con el máximo de su capacidad y en su misma infraestructura, durante y después de un evento adverso cumpliendo de esa manera el deber del estado de proteger la vida de la población de manera permanente, incluso inmediatamente después de un desastre.
COMISIÓN MULTISECTORIAL
El decreto supremo también crea la Comisión Multisectorial de Hospitales Seguros Frente a los Desastres, adscrita al Minsa que tiene por objeto realizar el seguimiento, fiscalización y emisión de informes de la implementación de la Política Nacional de Hospitales Seguros y proponer los ajustes y las mejoras necesarias a este documento.
Este comité estará conformado por un representante del Minsa (presidencia); un representante de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Minsa (secretaria técnica); un representante del Ministerio del Interior perteneciente a la Sanidad de la Policía Nacional del Perú; así como representantes del Ministerio de Defensa pertenecientes a cada una de las Sanidades de las Fuerzas Armadas del Perú.
También integran el comité un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; un representante de ESSALUD; un representante del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y un representante de la Asociación de Clínicas Privadas del Perú. Además contará con un representante de la Organización Panamericana de la Salud como asesor permanente. El ejercicio del cargo de los integrantes de la Comisión es Ad Honorem.
Las acciones que se realicen en el marco de la presente norma se financian con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Finalmente el Minsa aprobará mediante Resolución Ministerial el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial dentro de los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la vigencia del presente decreto supremo.