Pleno aprueba iniciativa que garantiza la presunción de inocencia y brinda mayor protección a policías

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Sesiona plenaria debate propuestas para enfrentar la inseguridad ciudadana

Con 94 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 3999/2022-CR, 7115/2023-CR y 7965/2023-CR, que propone modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635 y el Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957; a fin de garantizar el principio de presunción de inocencia y brindar mayor protección al personal de la Policía Nacional del Perú.

La iniciativa fue exonerada de segunda votación en la sesión plenaria destinada a debatir propuestas legislativas que contribuyen a la lucha contra la inseguridad ciudadana.

¿DE QUÉ TRATA?

La propuesta, en uno de sus cambios, modifica el artículo 292-A del Nuevo Código Procesal Penal, donde se indica que se impondrán las restricciones previstas en el artículo 288 al personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad cuando, en el ejercicio de su función constitucional, hace uso de su arma o medios de defensa en forma reglamentaria y, “como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte”.

Asimismo, agrega que debe quedar prohibido que el fiscal y el juez soliciten y dicten el mandato de detención preliminar judicial y prisión preventiva, respectivamente, bajo responsabilidad funcional.

“El fiscal se encuentra impedido de solicitar detención preliminar judicial, contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y, como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte”, se detalla en la incorporación del artículo 261-A al Nuevo Código Procesal Penal.

En otra parte del dictamen se plantea la incorporación de un párrafo tercero en el artículo 22 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, referido a la responsabilidad restringida por la edad.
“Los mayores de 80 años, por razones humanitarias, afrontarán su condena conforme a los alcances del articulo 288 o 290 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957″.

BENEFICIOS

En el análisis costo-beneficio de la propuesta se indica que la Policía Nacional «tendrá la libre acción» para combatir la inseguridad ciudadana, además de permitir que haya mayor personal policial en las calles, ya que no serán encarcelados hasta que se les imponga una sentencia condenatoria.

Respecto a los ciudadanos, se indica que tendrá mejor resguardo policial frente a la inseguridad ciudadana y en favor de la protección de los derechos fundamentales de la población.
“Se benefician los adultos mayores de 80 años, y la población en general, al limitar el usa y abuso de la detención preliminar”, se destaca.

DEBATE

Durante el debate, el parlamentario Américo Gonza (PL), uno de los autores de la iniciativa, mostró un video donde una fiscal solicita prisión contra un policía sin argumentos, donde el juez termina reprochándole.

A su turno, el congresista Alejandro Muñante (RP) dijo que en policía podrá seguir su proceso ante un caso de uso de arma, pero no ir a prisión preventiva. “Casos de abusos hay muchos y no debe seguir”, señaló.

En tanto, la legisladora Patricia Juárez (FP) destacó que la iniciativa contemple que la responsabilidad sea restringida para personas mayores de 80 años, por razones humanitarias, quienes podrán enfrentar su condena con prisión domiciliaria.

Luego, el congresista Alfredo Pariona planteó una cuestión previa para que la iniciativa regrese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para un mayor análisis y consenso; sin embargo, su propuesta no tuvo el respaldo de Pleno.