Comisión Permanente volverá a votar informe final de denuncia constitucional contra ex juez supremo Aldo Figueroa

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Quedó sin resolver por más votos en abstención

El informe final de la Denuncia Constitucional 98 (antes 448) contra Aldo Martín Figueroa Navarro, en su condición de ex juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, que concluye acusarlo por la presunta comisión de los delitos de cohecho activo específico y tráfico de influencias agravado, en agravio del Estado, tipificados en los artículos 398 y 400 del Código Penal, será sometido a una nueva votación en una siguiente sesión de la Comisión Permanente.

Así lo informó la primera vicepresidenta del Parlamento Nacional, Patricia Juárez Gallegos (FP), quien condujo la sesión de este miércoles 30, y tras dar a conocer el resultado de la votación: 6 votos a favor, 5 en contra y 12 abstenciones.

“Habiendo superado las abstenciones a los votos a favor, el asunto ha quedado sin resolver”, dijo Juárez Gallegos.

Previamente, el informe final fue sustentado por la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, María Acuña Peralta (APP), y por el congresista delegado del caso, Segundo Quiroz Barboza (BMCN).

Quiroz Barboza señaló que se había determinado que el denunciado actuó e intervino de manera directa al realizar una conducta de tráfico de influencia para beneficiar a la señora Mónica Rosmery Hoyos Pinchi.

“Prometió beneficio o ventaja al entonces juez superior titular Walter Benigno Ríos Montalvo, quien presidía la Corte Superior de Justicia del Callao, para que designe a Mónica Rosmery Hoyos Pinchi como jueza supernumeraria, promesa que fue hecha con el objeto de influir en una decisión. El denunciado ha actuado con conocimiento de causa, que estaba cometiendo un ilícito penal, es decir, ha actuado con dolo, configurándose con ello el aspecto subjetivo del delito de tráfico de influencias y el delito de cohecho activo específico”, refirió Segundo Quiroz.

Cabe precisar que, ex juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, Aldo Martín Figueroa Navarro, y su abogado Richard Rodríguez Quispe participaron de manera presencial en la sesión con el fin de ejercer su derecho de defensa, hasta por 25 minutos.

AL ARCHIVO POR CADUCIDAD

Previamente, la Comisión Permanente aprobó la propuesta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales de declarar la caducidad de cinco denuncias constitucionales:

Una de ellas es la denuncia constitucional 189 (antes 373), formulada por la exfiscal de la nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra el excongresista Jorge Andrés Castro Bravo, por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública, en la modalidad de concusión y contra la libertad, en la modalidad de violación de correspondencia, tipificados en los artículos 382 y 161 del Código Penal, respectivamente.

También, la denuncia constitucional 171 (antes 143) formulada por el ciudadano Guillermo Sandoval Aguilar contra los exconsejeros del entonces Consejo Nacional de la Magistratura, Guido César Aguila Grados, por la presunta comisión del delito de estafa, tipificado en el artículo 196 del Código Penal, y Orlando Velásquez Benites, Sergio Iván Noguera Ramos, Hebert Marcelo Cubas, Julio Atilio Gutiérrez Pebe, Segundo Baltazar Morales Parraguez, Elsa Maritza Aragón Hermoza de Cortijo y Pablo Rogelio Talavera Elguera, por la probable comisión del delito de discriminación, tipificado en el artículo 323 del Código Penal.

De igual forma, las denuncias constitucionales 146 (antes 48), 147 (antes 50), 148 (antes 55), 149 (antes 56), 150 (antes 57), 151 (antes 60), 152 (antes 61), 153 (antes 62), 154 (antes 63), entre otras acumuladas, formuladas por los ciudadanos Javier Hugo Ávalos Arenas Klokoch, Belermino Vásquez Guevara y otros contra el exministro del Interior Carlos Miguel Ramón Basombrío Iglesias, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376 del Código Penal y por la probable infracción constitucional de los artículos 26 y 38 de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, la denuncia constitucional 72 (antes 413), interpuesta por la ex fiscal de la nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra el excongresista César Milton Campos Ramírez, por la probable comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de concusión tipificado en el artículo 382 del Código Penal, dado que con fecha 30 de setiembre de 2024 ha caducado la prerrogativa del antejuicio político del denunciado.

Del mismo modo, la denuncia constitucional 319, formulada por Liz Patricia Benavides Vargas, en su condición de exfiscal de la nación, contra el exconsejero del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura, Guido César Aguila Grados, como posible autor del delito contra la administración pública, delito cometido por funcionarios públicos-cohecho pasivo específico, ya que en la fecha el denunciado no cuenta con la prerrogativa del antejuicio político.