Comisión Permanente admite a trámite diversas denuncias constitucionales

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La Comisión Permanente del Congreso de la República declaró admitir a trámite, por procedentes, tres denuncias constitucionales contra dos exmagistrados del Ministerio Público y dos exministros de Estado.

La primera es la Denuncia Constitucional 354, formulada por la fiscal de la Nación Patricia Benavides Vargas, contra los exfiscales supremos Víctor Rodríguez Monteza y Pedro Chávarry Vallejos. Se les acusa por la presunta comisión del delito contra la tranquilidad pública – delito contra la paz pública, en la modalidad de organización criminal.

Fue aprobada por unanimidad: 24 votos.

La segunda es la Denuncia Constitucional 103, interpuesta por el excongresista Posemoscrowte Chagua Payano contra la exministra de Economía y Finanzas María Alva Luperdi, por la presunta comisión del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.

Fue aprobada por mayoría: 24 votos a favor, 1 voto en contra y cero abstenciones.

La tercera es, en conjunto, la DC 395 (formulada por Juan Burgos Oliveros –UyDP) y la DC 406 (formulada por la fiscal de la Nación Patricia Benavides Vargas). Ambas contra el exministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Luis Adrianzén Ojeda, por la presunta infracción de los artículos 38 y 39 de la Constitución y por la posible comisión del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.

Fue aprobada su admisión a trámite y su acumulación por unanimidad: 25 votos.

En atención al inciso d) del artículo 89 del Reglamento del Congreso, se acordó otorgar a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales un plazo de quince (15) días hábiles para la investigación y presentación de su informe final a la Comisión Permanente.

Así también, se admitieron a trámite dos denuncias constitucionales, cada una de ellas en un solo extremo.

El primer caso involucra las DC 393, 394 y 408. Las tres, seguidas contra el congresista Jorge Flores Ancachi (AP).

Se admite a trámite, por procedentes, las tres denuncias por la presunta infracción constitucional de los artículos 1; 2, inciso 15; 22; 23; 24; 26; inciso 2; 38; 39; 45 y 102, inciso 2 de la Constitución, así como por la probable comisión de los delitos de concusión y enriquecimiento ilícito. Las tres denuncias fueron acumuladas.

No se admite a trámite, por improcedentes, las tres denuncias, en el extremo que indica la presunta infracción constitucional de los artículos 2, inciso 22 y 3, así como por la probable comisión de los delitos de abuso de autoridad, cohecho pasivo impropio, omisión de denuncia y cohecho pasivo propio, y se dispone su archivo en esos extremos.

Fue aprobada su acumulación por mayoría: 14 votos a favor, 2 votos en contra y 8 abstenciones.

El segundo caso es la DC 114 (antes 467), seguida contra la excongresista Mirtha Vásquez Chuquilín, en su condición de presidenta interina del Congreso de la República.

Se admite a trámite en un extremo, por la presunta infracción del artículo 45 de la Constitución Política y la presunta comisión del delito de negociación incompatible, previsto en el artículo 399 del Código Penal.

No obstante, se declara improcedente, en un extremo, por la presunta infracción del artículo 39 de la Constitución y la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, peculado doloso o culposo, omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, violación de medidas sanitarias, propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa y atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Se dispone su archivo.

Fue aprobada por mayoría: 23 votos a favor, 1 voto en contra y 1 abstención.

En ambos casos, se acordó otorgar a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales un plazo de hasta quince (15) días hábiles para que realice la investigación y presente su informe final a la Comisión Permanente.

Caducidad

Seguidamente, se aprobó la propuesta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales de declarar la caducidad de diez (10) denuncias constitucionales:

Se trata de las Denuncias Constitucionales DC 202, 236, 248, 368, 372, 401, 392, 405, 356 y 380. Todas ellas seguidas contra César Hinostroza Pariachi, en su condición de exjuez supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República, y por la presunta comisión de diversos delitos.

Fue aprobada por mayoría: 23 votos a favor, 1 voto en contra y 1 abstención.

Finalmente, el presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, aceptó reprogramar, por única vez, el debate y votación del informe final de la Denuncia Constitucional 359 seguido contra la congresista María del Pilar Cordero Jon Tay (NoA), esto, en función de una solicitud planteada por ella y por razones de salud.

Soto Reyes dejó en claro que si en esta nueva sesión programada la parlamentaria no asiste, la mesa directiva calificará dicha inasistencia de injustificada y continuará con el trámite establecido en el literal k) del artículo 89 del Reglamento.