Conductores que no respeten los nuevos límites de velocidad pueden ser sancionados con multas desde S/ 891 hasta S/ 2475.
Uno de los principales objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es reducir el número de siniestros de tránsito en el país por exceso de velocidad, lo cual es considerado como la segunda causa de siniestralidad vial a nivel nacional en el primer semestre de 2023, después de imprudencia del conductor.
Las estadísticas así lo indican. De acuerdo con el Observatorio Nacional de Seguridad Vial (ONSV), de los 42 784 siniestros viales que se reportaron en el ámbito nacional durante los seis primeros meses del año, 11 380 (26.6 %) ocurrieron por exceso de velocidad.
Cabe resaltar que, en todo el 2022, el 26 % de los 83 897 siniestros de tránsito registrados en el territorio nacional fue por ese motivo. En dicho periodo, esta causalidad también ocupó el segundo puesto.
Ante este preocupante panorama, el MTC modificó, mediante Decreto Supremo N° 025-2021-MTC, los límites de velocidad en zonas urbanas, los cuales entraron en vigencia desde julio de 2022. El actual Reglamento Nacional de Tránsito establece que en calles y jirones no se debe exceder los 30 km/h, mientras que en las avenidas el límite de velocidad es de 50 km/h.
Asimismo, se dispuso la imposición de multas por exceso de velocidad, tipificadas en la infracción con código M20, que van desde los S/ 891 (18 % de 1 UIT) hasta los S/ 2475 (50 % de 1 UIT). El control de velocidades y las sanciones están a cargo de la Policía Nacional del Perú, las municipalidades provinciales y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
Respeta a los ciclistas
De enero a julio de este año, el ONSV ha reportado 546 siniestros en el país en los que han estado involucradas las bicicletas. De esta cifra, 13 fueron con consecuencias fatales. En el 2022, entre tanto, se registraron 837 siniestros de este tipo y se reportaron 45 personas fallecidas. El 2021 fue el año más crítico, pues hubo 1019 siniestros con bicicletas involucradas, que dejaron 70 víctimas mortales.
El MTC exhorta a los conductores de vehículos motorizados a cumplir el Reglamento Nacional de Tránsito, el cual señala que se debe respetar el derecho preferente de paso del ciclista. Además, si una unidad va a adelantar o pasar a este usuario, debe hacerlo por el carril izquierdo. Tampoco se debe obstruir la ciclovía, y no se debe abrir o dejar abierta la puerta o capot de un vehículo automotor, pues dificulta el libre tránsito de un usuario en bicicleta.