Teletrabajo no es «24 por 7». Por Elvis Ojeda J.

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“Te ganarás el pan con el sudor de tu frente (…)” señala uno de los pasajes de la Biblia, donde se indica que Adán, primer hombre de la tierra, fue castigado por Dios por desobedecer su mandato. Comió el fruto prohibido del árbol del conocimiento del bien y del mal.

Teletrabajo en Perú se aceleró debido al COVID-19
Este mensaje trae a reflexión que todas las personas deben trabajar para mejorar su condición y calidad de vida y por extensión la de su familia. Sin embargo, ante la pandemia del Coronarivus (Covid-19), esta actividad ha sido trastocada por los cambios radicales que se han expuesto debido a este flagelo que atenta contra la vida y la salud de los seres humanos.

El mapa laboral cambió radicalmente en el mundo. En el Perú desde el pasado 16 de marzo se puso sobre el tapete el Teletrabajo que ya existe en nuestra legislación nacional, y que se ha regulado a través de las políticas públicas como “trabajo remoto”; tal como lo señala en el Portal La Ley, el abogado César Valera Malca.

En función a estos detalles, es necesario indicar que, a más de 100 días de haberse declarado el Estado de Emergencia Sanitaria en nuestro país, ya se vienen presentando algunos inconvenientes, problemas e impases con el desarrollo de esta modalidad de trabajo.

Muchos empleadores o directivos creen que los trabajadores públicos o privados que realizan su labor remota desde sus domicilios, tienen toda la disponibilidad horaria. Es decir, creen que, después del horario habitual, por las noches o madrugadas (incluyendo los fines de semana), sus colaboradores deben atender tareas “pendientes”, olvidándose que nadie está obligado a trabajar 24 por 7, es decir “todo el día durante los siete días de la semana”.

Si esto viene ocurriendo, ya es tiempo que los Directores de Comunicación, Jefes de Prensa o de Imagen Institucional de las entidades privadas o del Estado, les hagan ver a los miembros de la Alta Dirección que están equivocados.

¿Y por qué los DirCom deben encargarse de esta tarea? porque ellos trabajan directamente con las cabezas de las instituciones. Desde esa posición, es más fácil solucionar estos problemas articulando con la gerencia general, secretaría general, Administración y Capital Humano.

De no hacerlo, el descontento del personal escalará. Este riesgo se convertirá en un hecho que atentará directamente contra la imagen y la reputación institucional. Es preferible prevenir que lamentar. Los trabajadores no son robots. Recordemos que esa figura del trabajo remoto se ha presentado ante una situación de emergencia. El capital humano es lo más importante de toda organización.

Si estos excesos estuvieran ocurriendo, los trabajadores tienen los canales abiertos para formular sus denuncias. Pueden dirigirse a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), a la Defensoría del Pueblo y/o a los medios de comunicación. Son alternativas para frenar los abusos.

Los empleadores deben tener en cuenta que existe una “Guía para la aplicación del trabajo remoto” aprobada a través de la Resolución Ministerial N° 072-2020-TR, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del 26 de marzo de 2020.

Antes de concluir, no quiero dejar de mencionar a Fernando de la Flor Arbulú, quien en su artículo “Costumbres Virales” de CARETAS (02-07-20), manifiesta que las personas comenzaron a asumir comportamientos, de los cuales algunos serán transitorios y otros permanentes.

Frente a ello, sigamos con el distanciamiento social, y no descuidemos las medidas de higiene y prevención.

Por: Elvis Ojeda J.