Publican ley que permite el retiro del 25 % de los fondos de AFP

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Hoy fue publicada en el diario oficial El Peruano la Ley nro. 31017 que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el 2020.

La norma, promulgada ayer por el presidente del Congreso y su Mesa Directiva, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 108 de la Constitución, permite, de forma voluntaria y extraordinaria, el retiro del 25 % de los fondos de las AFP.

La ley se aprobó el pasado 3 de abril por el Pleno de la Representación Nacional, por 107 votos a favor, y solo 4 votos en contra.

El disositivo legal establece como monto máximo de retiro del equivalente a 3 UIT (tres Unidades Impositivas Tributarias) y como monto mínimo de retiro el equivalente a 1 UIT.

Además detalla que la entrega de los fondos se efectuará de la siguiente manera:

a) 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que perteneza el afiliado.

b) 50% a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso, a que se refiere el literal anterior.

También establece que los afiliados al sistema privado de pensiones que deseen acogerse a lo que dispone la presente norma deben solicitarlo en el plazo máximo de 60 días calendario de publicado el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones-SBS

«La SBS determinará el procedimiento operativo para el cumplimiento de la presente norma, en un plazo que no excederá de 15 días calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular», señala la Ley.