Aprueban informe de evaluación sobre presupuesto 2020

0
1030

El informe final del Decreto de Urgencia 014-2019, que aprueba el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020, fue aprobado por la Comisión Permanente con doce votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, ya que responde a los criterios formales y sustanciales del test de constitucionalidad, a pesar de una serie de infracciones que se encuentran en la norma.

El coordinador del grupo que evaluó el decreto, y también presidente del Congreso de la República, Pedro Olaechea Álvarez-Calderón, sostuvo que el análisis del presupuesto 2020 tiene dos temas claramente diferenciados: la parte que corresponde al Poder Ejecutivo y que la Comisión recomienda su aprobación porque está enmarcada dentro de los criterios constitucionales, y otra parte que formula leyes que modifican partidas presupuestales.

Citó como ejemplo las casi 60 disposiciones que aprueban transferencias financieras y de partidas mediante resoluciones y decretos supremos, lo que conlleva a modificar la estructura misma del dispositivo evaluado, y por lo que se recomienda al nuevo Congreso la necesidad de adecuar las leyes a lo que establece la Constitución Política.

Para el grupo de trabajo evaluador, no se pueden aprobar transferencias, créditos suplementarios o habilitaciones de partida mediante decreto supremo o norma de menor rango, a pesar de que el artículo 80 establece que es por ley; “en todo caso, se recomienda proponer una reforma constitucional para adecuar la flexibilidad presupuestal a la Constitución Política del Perú”.

Pedro Olaechea, en su exposición final, señaló que “lo más interesante del análisis es que hay un modelo que se está agotando”. Se inició hace diez años. El Índice de Desarrollo Humano no arroja los resultados esperados. “Estos temas plantean un cuestionamiento muy serio«, dijo, puesto que se encuentran “grandes beneficiarios de las exoneraciones” sin especificar en dónde se aplica dichas exoneraciones.

Otra observación se encuentra en el rubro de Reserva de Contingencia. Son S/ 5 843 millones sin conocer su destino específico. Su tendencia es creciente (664.5 % entre 2007 al 2020) y se transfiere por decreto supremo, a pesar de que muchos de los gastos no han reunido el requisito de contingencia y se trata de gastos frecuentes.

Al respecto, el informe final incluyó una sugerencia para las recomendaciones de parte de la congresista Milagros Salazar de la Torre, para que el próximo Congreso solicite a la Contraloría General de la República, ejecute las acciones de control correspondientes a los decretos de supremos que han utilizado el fondo de reserva de contingencia con el propósito de establecer la legalidad del gasto, así como la pertinencia y la razonabilidad de dicha transferencia.

PRESUPUESTO 2020
Para el 2020 asciende a S/ 177 368 millones, y es mayor en S/ 9 293 millones, equivalente al 5,5% en relación al año 2019. En Recursos Ordinarios asciende a S/ 117 466 millones (66.2%), Recursos Determinados S/ 23 600.3 millones (13.3%), Recursos de Operaciones Oficiales de Crédito S/ 21 240 millones (12.0%), Recursos Directamente Recaudados S/ 14 507.9 millones (8.2%), y Donaciones y Transferencias S/ 554.4 millones (0.3%).

Los recursos ordinarios provienen principalmente de los ingresos tributarios y de acuerdo con las estimaciones de crecimiento del PBI de diferentes organismos puede ser menor; por ello es necesario revisar la presión tributaria y los recursos dejados de recaudar.