“Y en caso de no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve) los empleadores serán multados con montos de entre S/189 a S/ 56.700”, afirmó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Cabe precisar que se trata de tres escalas de multas diferenciadas: microempresa, pequeña empresa, y mediana y gran empresa (No MYPE). Dichas escalas están vigentes conforme al D.S. 015-2017-TR, considerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley 27444.
TENGA EN CUENTA
Asimismo, para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT, es decir, S/ 4.200 vigente en el 2019.
Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior de la generación de la orden de inspección.
A continuación, se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas y medianas y grandes empresas.
MULTAS MÍNIMAS Y MÁXIMAS POR NO DEPOSITAR CTS (DS. 015-2017-TR, VIGENTE DESDE EL 07.08.17)
|
||
MICROEMPRESA |
||
Infracción: |
Multa mínima |
Multa máxima |
No entregar liquidación |
S/189.00 |
S/966.00 |
No depositar CTS |
S/462.00 |
S/1,890.00 |
PEQUEÑA EMPRESA |
||
Infracción: |
Multa mínima |
Multa máxima |
No entregar liquidación |
S/ 378.00 |
S/9,450.00 |
No depositar CTS |
S/1,890.00 |
S/18,900.00 |
MEDIANA Y GRAN EMPRESA |
||
Infracción: |
Multa mínima |
Multa máxima |
No entregar liquidación |
S/966.00 |
S/56,700.00 |
No depositar CTS |
S/5,670.00 |
S/94,500.00 |